Artículo 408del Código Procesal Civil y Mercantil
Examen médico
Libro Cuarto. Procesos especiales · Título I. Jurisdiccion voluntaria · Capítulo II. Asuntos relativos a la persona y a la familia · Sección Primera. Declaratoria de incapacidad
El examen médico se efectuará dentro del término que sea necesario, no pasando de treinta días. Vencido este término, se pondrá en autos el resultado de las diligencias y se levantará acta que firmaran el juez, los expertos y el secretario.
Durante el término indicado, el juez podrá interrogar o examinar al paciente, cuantas veces lo crea necesario.