CPP · Artículo 491 Septies

Artículo 491 Septiesdel Código Procesal Penal

Aceptación parcial de cargos y división de la unidad procesal

Reformado

Libro Cuarto. Procedimientos específicos · Título VI. Procedimiento especial de aceptación de cargos

Cuando la imputación o acusación contemple varios cargos, el imputado o acusado podrá aceptar unos y rechazar otros. Con respecto a los cargos aceptados, el juez o tribunal respectivo dará el curso procesal pertinente; respecto de los no aceptados, el caso seguirá el procedimiento común.

(Adicionado por el Artículo 7 del Decreto 10-2019; y dicho Decreto fue Suspendido Provisionalmente en Auto de la Corte de Constitucionalidad, de fecha 16 de enero de 2020, Expediente 228-2020; y revoca la suspensión provisional y recobra su vigencia según sentencia de la Corte de Constitucionalidad del 1 de marzo de 2022 Expedientes Acumulados 228-2020 y 791-2020 y publicada el 1 de junio de 2022).

Cómo citar

Art. 491 Septies, Código Procesal Penal de Guatemala (Decreto 51-92), texto al 31 de enero de 2024, codicegt.com/codigo-procesal-penal/articulo-491septies/

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Fuente

Código Procesal Penal (Decreto 51-92 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de enero de 2024.