Artículo 66del Constitución
Protección a grupos étnicos
Título II. Derechos humanos · Capítulo II. Derechos sociales · Sección Tercera. Comunidades indígenas
Guatemala está formada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia maya. El Estado reconoce, respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos.