Artículo 25del Ley contra el Femicidio
Supletoriedad
Capítulo VII. Disposiciones finales y transitorias
Son aplicables supletoriamente a esta ley las disposiciones del Decreto Número 17-73 Código Penal; Decreto Número 51-92, Código Procesal Penal; Decreto Número 2-89, Ley del Organismo Judicial; Decreto Número 97-96, Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer; Decreto Número 42-2001, Ley de Desarrollo Social; Decreto-Ley 106, Código Civil; Decreto- Ley 107, Código Procesal Civil y Mercantil, así como las modificaciones y reformas a todas las leyes antes señaladas.