LDCA · Artículo 17

Artículo 17del Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros

Derogado

Capítulo III. De la aplicacion y disposiciones especiales

De la aplicación supletoria.

En todo lo no previsto en la presente Ley, se aplicarán las disposiciones contenidas en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA).

(Derogado por el Artículo 14 del Decreto 30-2001 del Congreso de la República.)

Cómo citar

Art. 17, Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros de Guatemala (Decreto 58-90), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-contra-la-defraudacion-y-contrabando-aduaneros/articulo-17/

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Fuente

Ley contra la Defraudación y el Contrabando Aduaneros (Decreto 58-90 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.