LAdop · Art. 40

Artículo 40 de la Ley de Adopciones

Requisitos que deberán presentar los solicitantes nacionales

Título II · Capítulo V. Requisitos de la solicitud de adopción

Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Los requisitos que deberán presentar los solicitantes nacionales para iniciar el proceso de adopción son los siguientes:

a.Solicitud que contenga nombre completo de los solicitantes, edad, estado civil, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y lugar para recibir notificaciones;

b.Certificación de partida de nacimiento y del asiento de su registro de identificación;

c.Carencia de antecedentes penales de cada uno de los solicitantes;

d.Certificación de partida de matrimonio de los solicitantes o de la unión de hecho cuando este fuera el caso, emitida por el Registro correspondiente;

e.Constancia de empleo o ingresos económicos del o los solicitantes;

f.Certificación médica de salud física y mental de los solicitantes y de quienes conviven con ellos;

g.Fotografías recientes de los solicitantes.

Cómo citar

Art. 40, Ley de Adopciones de Guatemala (Decreto 77-2007), codicegt.com/ley-de-adopciones/articulo-40/

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Fuente

Ley de Adopciones (Decreto 77-2007 del Congreso de la República). Texto según Ministerio de Educación (Mineduc), DIGEACE — texto del Decreto 77-2007.

Fuente oficial: Decreto 77-2007 — Ministerio de Educación, DIGEACE (mineduc.gob.gt).

Texto original del Decreto 77-2007 (vigente desde el 31 de diciembre de 2007) tal como lo publica el Mineduc; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

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