LAEPC · Artículo 128

Artículo 128del Ley de Amparo

Limitación de la jurisdicción del tribunal

Título Cuatro. Constitucionalidad de las leyes · Capítulo Cuatro. Recurso de apelación

Desde que se interpone la apelación, la jurisdicción del tribunal queda limitada a conceder o denegar la alzada.

Cómo citar

Art. 128, Ley de Amparo de Guatemala (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-128/

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Fuente

Ley de Amparo (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala. Fecha de corte no indicada en la fuente.