LAEPC · Artículo 173

Artículo 173del Ley de Amparo

Informaciones necesarias para emitir opinión

Título Cinco. Corte de Constitucionalidad · Capítulo Cinco. Opiniones Consultivas

La Corte de Constitucionalidad podrá pedir cualquier información o aclaración adicional a la consulta que se le formule y que le sea necesaria para emitir opinión.

Cómo citar

Art. 173, Ley de Amparo de Guatemala (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-de-amparo/articulo-173/

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Fuente

Ley de Amparo (Decreto 1-86 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Normativa Aplicada en Guatemala. Fecha de corte no indicada en la fuente.