Artículo 40del Ley de Amparo
Auto para mejor fallar
Título Dos. Amparo · Capítulo Cinco. Procedimiento
El tribunal podrá mandar practicar las diligencias y recabar los documentos que estime convenientes para mejor fallar, dentro de un plazo no mayor de cinco días.
Vencido el plazo del auto para mejor fallar, o practicadas resolución dentro de los términos de los artículos anteriores.