Artículo 60 de la Ley de Áreas Protegidas
Secretaría Ejecutiva del CONAP
Reformado
Título IV. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley · Capítulo I. Del consejo nacional de areas protegidas y su secretaria ejecutiva
Instituto Nacional de Bosques · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Para la ejecución de sus decisiones de política y la realización de sus programas de acción, el CONAP contará con una Secretaría Ejecutiva, cuyo titular será designado por el Presidente de la República. La Secretaría estará integrada con las dependencias necesarias para el buen manejo de los asuntos técnicos y administrativos del Consejo, incluyendo por lo menos los departamentos de:
a)Planteamiento, Estudios y Proyectos.
b)Vida Silvestre y Manejo Forestal.
c)Gerencia de Unidades de Conservación.
d)Departamento Administrativo.
Historial de reformas
- 1996
Reformado
Decreto 110-96, art. 12
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: * Reformado por el Artículo 12 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República