Artículo 80 de la Ley de Áreas Protegidas
Presupuesto del CONAP
Reformado
Título IV. Del organo de direccion y encargado de la aplicacion de esta ley · Capítulo IV. Regimen economico-financiero del conap
Instituto Nacional de Bosques · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El CONAP y su Secretaría Ejecutiva integran su presupuesto anual en base esencialmente a las asignaciones ordinarias y extraordinarias que se fijen en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Estado, y aquellos recursos generados por concepto de las disposiciones legales que por su naturaleza le correspondan, además con la constitución de recursos privativos provenientes de:
a)Los ingresos que perciba por cualquier donación en efectivo o en especie.
b)Los títulos o valores que adquiera por cualquier concepto.
c)Los bienes que sean transferidos por las dependencias del Estado o sus instituciones descentralizadas o autónomas.
d)Los bienes que adquiera por cualquier título.
e)Las donaciones de bienes inmuebles bajo cualquier concepto.
f)Ingresos generados por las unidades de conservación del Sistema Guatemalteco de Areas Protegidas, -SIGAP-, que no tengan carácter privado o pertenezcan a otras instituciones del Estado.
g)El producto financiero de las actividades organizadas directamente por la Secretaría Ejecutiva del CONAP y sus dependencias técnico-administrativas.
h)Otros no especificados en el presente artículo y que no contravengan la legislación guatemalteca vigente.
Historial de reformas
- 1996
Reformado
Decreto 110-96, art. 23
- Corte
Texto según la fuente
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Nota de la fuente: * Reformado por el Artículo 23 del Decreto Número 110-96 del Congreso de la República