LAM · Artículo 59

Artículo 59del Ley de Armas y Municiones

Requisitos

Título IV. De la compraventa, tenencia, portación de armas de fuego y municiones, Registro de las armas de fuego de las fuerzas de seguridad y orden Público del Estado · Capítulo I. Compraventa

Para comprar un arma de fuego de uso civil, deportiva o de uso y manejo individual, el interesado deberá presentar a la entidad autorizada para venderla, fotocopia legalizada de su documento de identificación personal, certificación original de la partida de su nacimiento, certificación de carencia de antecedentes penales y policíacos, boleto de ornato, así comprador presentará el testimonio de la escritura pasarán a formar parte del archivo de datos balísticos Cuando por su actividad económica el interesado no pueda presentar este último documento, deberá presentar declaración jurada prestada ante notario público, declarando sus ingresos y la actividad de la que los obtiene.

El vendedor remitirá esta documentación y el arma a la DIGECAM, quien después de comprobar que los documentos están en orden y no existe ningún impedimento de las consignados en éste y otras leyes que prohíban la operación de compraventa, en un término no mayor de cinco (5) días hábiles remitirá al vendedor la autorización para entregar el arma al comprador y la tarjeta de tenencia de la misma. El comprador quedará autorizado para trasladar el arma dentro del término de tres (3) días siguientes al que le fue entregada, desde el establecimiento comercial que le vendió basta su residencia o lugar de trabajo, si solamente desea el registro de tenencia.

Si desea tener una licencia de portación para el arma que le fue entregada, deberá presentarse a la DIGECAM y cumplir con los requisitos contemplados en la presente Ley.

Cómo citar

Art. 59, Ley de Armas y Municiones de Guatemala (Decreto 15-2009), texto al 31 de mayo de 2025, codicegt.com/ley-de-armas-y-municiones/articulo-59/

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Fuente

Ley de Armas y Municiones (Decreto 15-2009 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación de Leyes Penales de Guatemala, 4a. ed., al 31 de mayo de 2025.