Artículo 36del Ley de Bancos y Grupos Financieros
Empresas especializadas en servicios financieros
Título III. Grupos financieros · Capítulo III. Regimen de empresas especia- lizadas en servicios finan- cieros y empresas de apoyo al giro bancario
Las empresas especializadas en servicios financieros, que sean parte de grupos financieros, estarán sometidas a supervisión consolidada por parte de la Superintendencia de Bancos. Cada una de estas empresas deberá tener como objeto social exclusivo, uno o más de los siguientes:
a)Emitir y administrar tarjetas de crédito;
b)Realizar operaciones de arrendamiento financiero;
c)Realizar operaciones de factoraje; o,
d)Otros que califique la Junta Monetaria, previo dictamen de la Superintendencia de Bancos.