LCOMP · Art. 114

Artículo 114 de la Ley de Competencia

Derogatoria expresa

Título V. Reformas y derogatorias

Superintendencia de Competencia · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Se derogan:

1)El artículo 361 del Código de Comercio de Guatemala, Decreto Número 2-70 del Congreso de la República y sus reformas;

2)Los artículos 340 y 341 del Código Penal, Decreto Número 17-73 del Congreso de la República y sus reformas; y,

3)El artículo 25 Bis de la Ley de Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República, adicionado por el artículo 14 del Decreto Número 9-2015 del Congreso de la República.

Cómo citar

Art. 114, Ley de Competencia de Guatemala (Decreto 32-2024), codicegt.com/ley-de-competencia/articulo-114/

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Fuente

Ley de Competencia (Decreto 32-2024 del Congreso de la República). Texto según Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt), texto del Decreto 32-2024.

Fuente oficial: Decreto 32-2024 — Superintendencia de Competencia (sicom.gob.gt).

Texto del Decreto 32-2024 según la Superintendencia de Competencia, sin notas de reforma ni fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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