LEN · Art. 41

Artículo 41 de la Ley de Educación Nacional

Derechos de los educadores

Título III. Garantias personales de educacion · Capítulo II. Derechos

Ministerio de Educación · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

Son derechos de los educadores:

a)Ejercer la libertad de enseñanza y criterio docente.

b)Participar en las decisiones relacionadas con el proceso educativo dentro y fuera del establecimiento.

c)Organizarse libremente en asociaciones de educadores, sindicatos, cooperativas o en forma conveniente para el pleno ejercicio de sus derechos individuales y colectivos y para el estudio, mejoramiento y protección de sus intereses económicos y sociales.

d)Mantenerse en el goce y disfrute de los derechos establecidos en el Decreto Legislativo 1485, Ley de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional, en las leyes laborales del país, Constitución Política de la República de Guatemala y Convenios Internacionales.

e)Optar a cargos dentro del sistema educativo que mejoren su posición profesional, social y económica de acuerdo a sus méritos.

f)Participar en actividades de recreación, culturales, sociales y deportivas.

g)Gozar de beneficios económicos y sociales, implementados por el Estado.

h)Optar a becas para su superación profesional.

i)Ser estimulados en sus investigaciones científicas y producción literaria.

j)Participar activamente por medio de organizaciones, en el estudio, discusión y aprobación de planes, programas y proyectos educativos.

k)Participar en la planificación y desarrollo del proceso de alfabetización.

l)Ser implementados de material didáctico.

m)Gozar de inamovilidad en su cargo de acuerdo a lo establecido en la Ley de Catalogación y Dignificación del Magisterio.

n)Ser ubicado oficialmente en el nivel que le corresponde.

o)Apelar ante las autoridades competentes en caso de inconformidad en su evaluación.

Cómo citar

Art. 41, Ley de Educación Nacional de Guatemala (Decreto 12-91), codicegt.com/ley-de-educacion-nacional/articulo-41/

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Fuente

Ley de Educación Nacional (Decreto 12-91 del Congreso de la República). Texto según Ministerio de Educación (mineduc.gob.gt), información pública, edición del Decreto 12-91 (2018).

Fuente oficial: Decreto 12-91 — Ministerio de Educación (mineduc.gob.gt).

Texto del Decreto 12-91 según la edición del Ministerio de Educación (información pública, 2018), que anota dentro del texto las frases de los artículos 10, 12 y 67 declaradas inconstitucionales (expediente 3595-2013, 13 de mayo de 2014) y la del artículo 94 declarada inconstitucional parcialmente (expediente 264-2004, Diario Oficial del 30 de agosto de 2005). La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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