LGM · Art. 73

Artículo 73 de la Ley de Garantías Mobiliarias

Ley aplicable a garantías mobiliarias sobre bienes incorporales

Título IX. Conflictos de leyes y alcance territorial de la aplicación de esta ley

Banco de Guatemala · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

En el caso de garantías mobiliarias sobre bienes incorporales, la publicidad y prelación frente a terceros que adquieran una garantía mobiliaria sobre dichos bienes, se regirá por la ley del lugar en donde se ubique el domicilio del deudor garante, al momento de la constitución de dicha garantía mobiliaria.

Cómo citar

Art. 73, Ley de Garantías Mobiliarias de Guatemala (Decreto 51-2007), codicegt.com/ley-de-garantias-mobiliarias/articulo-73/

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Fuente

Ley de Garantías Mobiliarias (Decreto 51-2007 del Congreso de la República). Texto según Banco de Guatemala (banguat.gob.gt), edición del Decreto 51-2007 con sus reformas (2021).

Fuente oficial: Decreto 51-2007 — Banco de Guatemala (banguat.gob.gt).

Texto del Decreto 51-2007 según la edición del Banco de Guatemala (PDF de enero de 2021), que incorpora y anota las reformas de los Decretos 46-2008 y 4-2018 del Congreso de la República. La edición no declara fecha de corte; no se verificaron reformas posteriores.

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