Artículo 2 de la Ley de la Carrera Judicial
Principios rectores
Título I. Disposiciones generales
CENADOJ, Organismo Judicial · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los principios que rigen la carrera judicial son los de independencia, idoneidad, capacidad, objetividad, imparcialidad, integridad, estabilidad, transparencia, publicidad, especialidad, meritocracia y ética. Constituyen enfoques de política judicial la perspectiva de género y la multiculturalidad.
En todos los procesos relativos a la carrera judicial, deberá garantizarse la equidad de género y étnica. Los jueces y magistrados ejercen por igual, aunque con competencia distinta, el poder jurisdiccional que la Constitución Política de la República asigna al Organismo Judicial, razón por la que, en su ejercicio no existe diferencia jerárquica ni dependencia entre ellos.