Ley de la Carrera Judicial

Ley de la Carrera Judicial

Instrumento
Decreto 32-2016
Artículos
80
Actualizado en Códice
Texto usado
CENADOJ, Organismo Judicial (CD de leyes 2016), texto del Decreto 32-2016
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Considerandos y preámbulo

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, los tratados y los convenios internacionales ratificados por Guatemala establecen los principios básicos en que se sustenta la administración de justicia y que deben ser incorporados adecuadamente en el marco del ordenamiento jurídico interno, con el afán de asegurar su observancia en atención a las necesidades y posibilidades del Estado de Guatemala.

CONSIDERANDO

Que la consolidación del estado democrático y constitucional de derecho requiere del fortalecimiento a las instituciones que conforman el sector justicia, a efecto que guarde congruencia con las condiciones de estabilidad, credibilidad, transparencia y confianza que la sociedad demanda de las mismas.

CONSIDERANDO

Que por disposición constitucional, el Congreso de la República de Guatemala tiene la atribución de decretar, reformar y derogar las leyes, y habiéndose determinado en la práctica las deficiencias en la aplicación de la Ley de la Carrera Judicial, deviene necesario proceder a la renovación y actualización de dicho cuerpo legal.

POR TANTO

En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA

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