Artículo 9 de la Ley de la Tercera Edad
Capítulo III. Régimen Social FAMILIA
Gobernación Departamental de Retalhuleu · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Es obligación de los parientes asistir y proteger al anciano en el siguiente orden: el cónyuge, y seguidamente en el orden de aproximación de grados de ley descendentes, deberá de dársele el lugar que le corresponde en el seno familiar. La asistencia a las personas de la tercera edad deberá prestársele en el seno familiar.