Artículo 32 de la Ley de Medio Ambiente
Título V. Infracciones, sanciones y recursos · Capítulo Único
Ministerio de Energía y Minas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La aplicación de las sanciones a que se refiere el artículo anterior, será competencia de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.