Artículo 19 de la Ley de Minería
Estudio de mitigación
Título I. Disposiciones fundamentales · Capítulo II. Régimen minero
Ministerio de Energía y Minas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los titulares de licencias de reconocimiento o de exploración, deben presentar un estudio de mitigación, relacionado con las operaciones mineras que llevará a cabo en el área autorizada, el cual deberá ser presentado a la Dirección antes de iniciar las labores correspondientes y resolverse dentro del plazo de treinta días. Transcurrido dicho plazo sin resolverse, se tendrá por aceptado dicho estudio.
Historial de reformas
- 2008
Declarado inconstitucional (frase)
Expediente 1491-2007, Corte de Constitucionalidad
- Corte
Texto según la fuente
Versión que se muestra en esta página
Nota de la fuente: Declarada inconstitucional general parcial la frase: “Transcurrido dicho plazo sin resolverse, se tendrá por aceptado dicho estudio”, por la Corte de Constitucionalidad en la Sentencia dictada en el Expediente número 1491-2007 el 20-06-2008.