Artículo 54 de la Ley de Minería
Causas de extinción
Título III. Competencia y trámites administrativos · Capítulo IV. Insubsistencia, suspension, caducidad y extincion de los derechos mineros
Ministerio de Energía y Minas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El derecho minero se extingue por:
a)Vencimiento del plazo otorgado o de su prórroga, sin necesidad de declaración.
b)Agotamiento del yacimiento.
c)Renuncia expresa del titular que deberá presentar con firma legalizada, la que se hará efectiva en la fecha de su presentación ante la Dirección.
d)Fallecimiento del titular, salvo que dentro del plazo de seis meses los herederos hagan uso del derecho establecido en el artículo once de esta ley.