Artículo 153del Ley de Propiedad Industrial
Protección sin formalidades
Título III. Invenciones, modelos de utilidad y diseños industriales · Capítulo III. Diseños industriales · Sección Uno. Proteccion a los diseños industriales
Un diseño industrial que se ajuste a lo dispuesto en los artículos 4 y 151 de esta ley, gozará de protección sin necesidad de registro por un plazo de tres años, contado a partir de la fecha de la divulgación indicada en la literal
a)del primer párrafo del artículo 151.
La protección de un diseño industrial en virtud de este artículo será independiente de la que se obtenga mediante su registro.