Artículo 8 de la Ley de Rectificación de Área
Informe
Registro General de la Propiedad · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El medidor deberá presentar informe de la medida realizada, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se le haya nombrado para el cargo respectivo, y a su informe, deberá adjuntar el plano del inmueble, en el que conste el área real del mismo.