Artículo 6 de la Ley de Titulación Supletoria
Municipalidad de Santa Eulalia, Huehuetenango · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
La primera solicitud de diligencias de titulación supletoria deberá ser firmada por el interesado; los memoriales subsiguientes podrán ser firmados por el solicitante, si no pudiere hacerlo, los firmará a su ruego otra persona o bien el Abogado director.