LV · Art. 23

Artículo 23 de la Ley de Vivienda

Apoyo y promoción al proceso de descentralización

Título II. Sistema institucional · Capítulo III. Participación de las municipalidades

scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología

El ente rector, en el ámbito de su competencia, apoyará a las municipalidades cuando se trate de la conducción de sus intereses privativos, del manejo de sus recursos y la solución de sus problemas, tomando en cuenta las circunstancias siguientes:

a)Vigencia de la autonomía municipal.

b)Reconocimiento del carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe de las poblaciones.

c)El derecho inalienable y el interés de gestionar lo propio.

d)La inmediatez que permite identificar problemas y plantear soluciones en forma más rápida, eficiente y eficaz.

e)La conveniencia y racionalidad en la aplicación y asignación de recursos.

Cómo citar

Art. 23, Ley de Vivienda de Guatemala (Decreto 9-2012), codicegt.com/ley-de-vivienda/articulo-23/

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Fuente

Ley de Vivienda (Decreto 9-2012 del Congreso de la República). Texto según scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012.

Fuente oficial: Decreto 9-2012 — Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia (scp.gob.gt).

Texto original del Decreto 9-2012 tal como lo publica scp.gob.gt; la fuente no anota reformas ni fecha de corte. No se verificaron reformas posteriores.

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