Artículo 49 de la Ley de Vivienda
Características de los créditos
Título IV. Financiamiento · Capítulo I. Créditos e inversiones habitacionales
scp.gob.gt — texto del Decreto 9-2012 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los créditos para vivienda deberán otorgarse a plazos y condiciones atendiendo la capacidad de pago de los deudores, dependiendo del plazo, origen y costo de los recursos.