Artículo 153del Ley del Organismo Judicial
Sentencias ejecutoriadas
Título IV. Disposiciones comunes a todos los procesos · Capítulo V. Las sentencias y su ejecucion
. Se tendrán por sentencias ejecutoriadas:
a)Las sentencias consentidas expresamente por las partes;
b)Las sentencias contra las cuales no se interponga recurso en el plazo señalado por la ley.
c)Las sentencias de las que se ha interpuesto recurso pero ha sido declarado improcedente o cuando se produzca caducidad o abandono;
d)Las de segunda instancia en asuntos que no admitan el recurso de casación;
e)Las de segunda instancia, cuando el recurso de casación fuere desestimado o declarado improcedente;
f)Las de casación no pendientes de aclaración o ampliación;
g)Las demás que se declaren irrevocables por mandato de ley y las que no admiten más recurso que el de responsabilidad;
h)Los laudos, o decisiones de los árbitros, cuando en la escritura de compromiso se hayan renunciado los recursos y no se hubiere interpuesto el de casación.
Las disposiciones de este artículo, rigen para los autos.