LOJ · Artículo 207

Artículo 207del Ley del Organismo Judicial

Epígrafes

Título VII. Disposiciones transitorias y finales · Capítulo Único

Los epígrafes que encabezan los artículos de esta Ley no tienen más valor ni función que el de facilitar la consulta y carecen de carácter legal.

Cómo citar

Art. 207, Ley del Organismo Judicial de Guatemala (Decreto 2-89), texto al 31 de julio de 2025, codicegt.com/ley-del-organismo-judicial/articulo-207/

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Fuente

Ley del Organismo Judicial (Decreto 2-89 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 31 de julio de 2025.