Artículo 24 Quinquies de la Ley del RENAP
Protección de datos personales en procesos de fiscalización
Reformado
Capítulo V. Órgano de consulta y apoyo al directorio
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los procesos de fiscalización se llevarán a cabo respetando la confidencialidad y reserva que establece la Constitución Política de la República y la ley de la materia, sobre la protección de datos personales. Los datos personales a que tengan acceso las personas individuales o jurídicas contratadas, no podrán ser utilizados con fines ajenos a la fiscalización del RENAP, so pena de incurrir en las responsabilidades administrativas, civiles y penales que establece la ley.
Historial de reformas
- 2010
Adicionado
Decreto 39-2010, art. 15
- Corte
Texto según la fuente
Versión que se muestra en esta página
Nota de la fuente: *Adicionado por el Artículo 15, del Decreto Del Congreso Número 39-2010 del 09- 11-2010