Artículo 24 Quáter de la Ley del RENAP
Acceso a la información para auditorias y fiscalización
Reformado
Capítulo V. Órgano de consulta y apoyo al directorio
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Las personas, entidades o empresas que se contraten para llevar a cabo los procesos de fiscalización, tendrán acceso a las sedes y a la información que conste en archivos físicos o electrónicos del RENAP y sus contratistas, entendiéndose que dicho acceso será únicamente para el desarrollo de las funciones y durante el tiempo para el que fueron contratados.
Historial de reformas
- 2010
Adicionado
Decreto 39-2010, art. 14
- Corte
Texto según la fuente
Versión que se muestra en esta página
Nota de la fuente: *Adicionado por el Artículo 14, del Decreto Del Congreso Número 39-2010 del 09- 11-2010