Artículo 24 Ter de la Ley del RENAP
Publicidad de las resoluciones
Reformado
Capítulo V. Órgano de consulta y apoyo al directorio
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Todas las resoluciones y recomendaciones que realice el Consejo Consultivo serán públicas, así como los resultados de los procesos de verificación y de auditorías realizadas, las cuales deberán ser publicadas a través de la página web del RENAP.
Historial de reformas
- 2010
Adicionado
Decreto 39-2010, art. 13
- Corte
Texto según la fuente
Versión que se muestra en esta página
Nota de la fuente: *Adicionado por el Artículo 13, del Decreto Del Congreso Número 39-2010 del 09- 11-2010