Artículo 23 Bis de la Ley del RENAP
Calidades de los miembros del Consejo Consultivo
Reformado
Capítulo V. Órgano de consulta y apoyo al directorio
Registro Nacional de las Personas · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Los miembros del Consejo Consultivo deberán llenar las siguientes calidades:
a)Ser guatemalteco;
b)Ser profesional universitario; y,
c)Ser de reconocida honorabilidad."
Historial de reformas
- 2010
Adicionado
Decreto 39-2010, art. 10
- Corte
Texto según la fuente
Versión que se muestra en esta página
Nota de la fuente: *Adicionado por el Artículo 10, del Decreto Del Congreso Número 39-2010 del 09- 11-2010