LEPP · Artículo 137

Artículo 137del Ley Electoral y de Partidos Políticos

Calidades para ser miembro de la Comisión de Postulación

Libro Tres. Autoridades y órganos electorales · Título Uno. Tribunal Supremo Electoral · Capítulo Dos. Comisión de postulación

Los miembros de la Comisión de Postulación deberán reunir los siguientes requisitos:

a)Ser guatemalteco de origen;

b)Ser profesional universitario, colegiado activo; y

c)Encontrarse en el ejercicio de sus derechos políticos.

Cómo citar

Art. 137, Ley Electoral y de Partidos Políticos de Guatemala (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-electoral/articulo-137/

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Fuente

Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente). Texto según Tribunal Supremo Electoral (edición 2023). Fecha de corte no indicada en la fuente.