Artículo 59 de la Ley Integral Antilavado
Información y documentación confidencial
Título III. Marco institucional · Capítulo II. Intendencia de verificación especial
Banco de Guatemala · Texto al 17 de junio de 2026 · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
Por la naturaleza de las funciones y atribuciones relacionadas con inteligencia financiera y supervisión en materia de prevención del lavado de dinero u otros activos y financiamiento del terrorismo, que realizan las autoridades, funcionarios y empleados de la Superintendencia de Bancos, la información y documentación personal de los mismos, se considera de carácter confidencial y por lo tanto, queda prohibida su revelación o divulgación, sin perjuicio de las responsabilidades legales que se deriven de su incumplimiento.