Artículo 39del Ley Orgánica del Ministerio Público
Reuniones periódicas
Título II. Organización del Ministerio Público · Capítulo I. Organización · Sección IV. Fiscales de distrito y de sección
El fiscal general convocará a reuniones periódicas con los fiscales de Distrito y fiscales de sección a fin de evaluar la marcha del servicio, dictar instrucciones, solicitar consultas o discutir asuntos.