Ley Orgánica del Presupuesto
- Instrumento
- Decreto 101-97
- Artículos
- 102
- Actualizado en Códice
Disponible sin conexión
Considerandos y preámbulo
CONSIDERANDO
Que el artículo 238 de la Constitución Política de la República de Guatemala describe el contenido de la Ley Orgánica del Presupuesto, la que debe regular, entre otros, los procesos de formulación, ejecución y liquidación del presupuesto general de ingresos y egresos del Estado, así como lo relativo a la deuda pública, las formas de comprobar los gastos y de recaudación de los ingresos públicos.
CONSIDERANDO
Que el presupuesto público, como instrumento de planificación y de política económica, así como de gestión de la administración fiscal del Estado, requiere de una legislación adecuada que armonice en forma integrada con los sistemas de contabilidad gubernamental, tesorería y crédito público, los procesos de producción de bienes y servicios del sector público.
POR TANTO
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a, de la Constitución Política de la República de Guatemala.