LPINA · Artículo 183

Artículo 183del Ley PINA

Máxima prioridad

Libro III. Disposiciones adjetivas · Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal · Capítulo IV. Procedimientos · Sección II. Medidas de coerción

A fin de que el internamiento provisional sea lo más breve posible, los juzgados de adolescentes en conflicto con la ley penal y los órganos de investigación deberán considerar de máxima prioridad la tramitación efectiva de los casos en que se recurra a internar provisionalmente a un adolescente.

Cómo citar

Art. 183, Ley PINA de Guatemala (Decreto 27-2003), fecha de corte no indicada en la fuente, codicegt.com/ley-pina/articulo-183/

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Fuente

Ley PINA (Decreto 27-2003 del Congreso de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial — Compilación NNA. Fecha de corte no indicada en la fuente.