Artículo 251del Ley PINA
Privación de libertad durante los fines de semana
Libro III. Disposiciones adjetivas · Título II. Adolescentes en conflicto con la ley penal · Capítulo VIII. Sanciones socioeducativas · Sección II. Definición de medidas o sanciones
La privación de libertad durante los fines de semana debe cumplirse en un centro especializado, desde el sábado a las ocho horas hasta el domingo a las dieciocho horas. Durante ese período se programarán actividades individuales para promover el proceso de responsabilización del adolescente. La duración máxima de esta sanción será de ocho meses.