Artículo 1205del Código Civil
Libro Cuarto. Del Registro de la propiedad · Título II. De las inscripciones especiales · Capítulo IV. Registro de la propiedad horizontal
La cancelación total o parcial de gravámenes que afecten el edificio en general y las anotaciones preventivas que hagan referencia expresa al edificio o a los elementos comunes del mismo en su totalidad, se deben practicar en la finca matriz, dejando anotación marginal en las fincas filiales.