Artículo 1574del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título V. Obligaciones provenientes de contrato · Capítulo III. Forma de los contratos
Toda persona puede contratar y obligarse:
1°.Por escritura pública;
2°.Por documento privado o por acta levantada ante el alcalde del lugar;
3°.Por correspondencia; y,
4°.Verbalmente.