CC · Artículo 1586

Artículo 1586del Código Civil

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título V. Obligaciones provenientes de contrato · Capítulo IV. Rescisión de los contratos

Son aplicables a la rescisión y resolución las disposiciones de los artículos 1314, 1315. 1316, 1317 y 1318 de este Código.

Cómo citar

Art. 1586, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-1586/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.