CC · Artículo 1955

Artículo 1955del Código Civil

Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título VIII. Del mutuo

El préstamo en dinero se arreglará para la restitución, a lo establecido en los artículos 1395 y 1396.

Cómo citar

Art. 1955, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-1955/

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Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.