Artículo 2035del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XII. De los servicios profesionales
Si la persona que contrató los servicios no está conforme con su desarrollo o con los actos o conducta del profesional, puede rescindir el contrato pagando el trabajo y los gastos efectuados, cantidad que fijará el juez, si hubiere desacuerdo entre las partes.