Artículo 2028del Código Civil
Libro Quinto. Del derecho de obligaciones · Título XII. De los servicios profesionales
A falta de convenio, la retribución del profesional se regulará de conformidad con el arancel respectivo y, si no hubiere, será fijada por el juez, tomando en consideración la importancia y duración de los servicios y las circunstancias económicas del que debe pagarlos.