Artículo 353del Código Civil
Bienes sobre los cuales puede constituirse
Libro Primero. De las personas y de la familia · Título II. De la familia · Capítulo X. Del patrimonio familiar
Las casas de habitación, los predios o parcelas cultivables, los establecimientos industriales y comerciales, que sean objeto de explotación familiar, pueden constituir el patrimonio de familia, siempre que su valor no exceda de la cantidad máxima fijada en este capítulo.