CC · Artículo 518

Artículo 518del Código Civil

Obras a cargo del dueño que haya alzado la pared

Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título II. De la propiedad · Capítulo III. De la copropiedad · Párrafo II. Copropiedad en la medianería de inmuebles

Serán igualmente de cuenta del dueño de la pared, todas las obras de conservación, en la parte que éste haya aumentado de altura o de espesor y las que en la parte medianera sean necesarias, siempre que el deterioro provenga de la mayor altura o espesor que se haya dado a la pared.

Cómo citar

Art. 518, Código Civil de Guatemala (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República), texto al 8 de agosto de 2025, codicegt.com/codigo-civil/articulo-518/

También en Markdown y JSON.

Fuente

Código Civil (Decreto-Ley 106 del Jefe de Gobierno de la República). Texto según CENADOJ, Organismo Judicial, al 8 de agosto de 2025.