Artículo 813del Código Civil
Obras que puede realizar el dueño del predio sirviente
Libro Segundo. De los bienes, de la propiedad y demás derechos reales · Título IV. De las servidumbres · Capítulo IV. De las servidumbres voluntarias
El dueño del predio sirviente puede ejecutar las obras que hagan menos gravosa la servidumbre, si de ellas no resulta perjuicio alguno al predio dominante.