Artículo 991del Código Civil
Libro Tercero. De la sucesión hereditaria · Título II. De la sucesión testamentaria · Capítulo III. Revocación, nulidad, falsedad y caducidad de las disposiciones testamentarias
La disposición testamentaria de una cosa específica, en favor de alguno, no produce efecto si se destruye la cosa sin culpa de la persona obligada a entregarla.