Artículo 485 del Código de Comercio
Pago de un ejemplar
Libro III. De las cosas mercantiles · Título Primero. De los titulos de credito · Capítulo V. De la letra de cambio · Sección Quinta. De la pluralidad de ejemplares y de las copias
OMPI, WIPO Lex · Actualizado en Códice el · Alcance y aviso · Metodología
El pago hecho sobre uno de los ejemplares, liberará del pago de todos los otros, pero el librado quedará obligado por cada ejemplar que acepte.
El endosante que hubiere endosado los ejemplares a personas distintas, así como los endosantes posteriores, quedarán obligados por sus endosos, como si constaren en letras de cambio distintas.